Normativa de Instalación de cargadores para coches eléctricos en empresas, oficinas y flotas en España


La implantación de puntos de recarga en entornos empresariales se ha convertido en un elemento clave dentro de la transición hacia la movilidad eléctrica. En España, la normativa vigente establece los requisitos técnicos, de seguridad y de gestión energética que deben cumplir las empresas, oficinas y flotas de vehículos eléctricos para garantizar una instalación eficiente y conforme al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (ITC-BT-52).

Esta regulación nacional, junto con los programas de ayuda como el Plan MOVES Flotas – 3ª Convocatoria (IDAE) y las líneas MOVES Flotas Plus del MITECO, marca el marco legal y operativo que guía la instalación, uso y mantenimiento de los cargadores en instalaciones corporativas y aparcamientos profesionales.


Marco Legal y Objetivos de la Normativa para Entornos Profesionales y Corporativos


El objetivo de esta normativa es asegurar que cada punto de recarga instalado en empresas y flotas cumpla con los estándares de seguridad eléctrica, eficiencia energética y accesibilidad. Además, busca fomentar la modernización de las infraestructuras de movilidad corporativa, promoviendo el uso de cargadores inteligentes con control de acceso, gestión de potencia dinámica y sistemas compatibles con protocolos OCPP para monitorización remota.

Cumplir con estos requisitos no solo garantiza la seguridad de la instalación, sino que también permite acceder a incentivos públicos y optimizar la carga de múltiples vehículos eléctricos en entornos profesionales.


Cargadores para Coches Eléctricos en España: Guía Completa



Normativa de Instalación de cargadores para coches eléctricos en empresas, oficinas y flotas en España


1. Requisitos Técnicos y Legales para Empresas y Flotas


Explica los puntos clave establecidos en la ITC-BT-52, centrados en entornos corporativos y de flotas:

• Número mínimo de puntos de recarga por plaza.

Previsión de canalizaciones para futuras ampliaciones.

Potencia recomendada según el tipo y tamaño de flota.

Sistemas de protección eléctrica obligatorios (magnetotérmicos, diferenciales, protección contra sobretensiones).

Documentación técnica necesaria para legalizar la instalación.

Nota técnica: Añadir mención sobre la responsabilidad del instalador autorizado, el registro en Industria y la comunicación de puesta en servicio conforme al RD 1053/2014.

Tabla Resumen de Cumplimiento — ITC-BT-52

Requisitos técnicos mínimos para la instalación de puntos de recarga en empresas, oficinas y flotas de vehículos eléctricos en España.


Tipo de Instalación % mínimo de plazas con punto o preinstalación Protecciones eléctricas obligatorias Gestión energética / control de potencia Requisitos adicionales
Empresas y oficinas ≥ 10 % de las plazas con preinstalación o punto de carga Magnetotérmico, diferencial, protección contra sobretensiones Balanceo dinámico o reparto proporcional según potencia contratada Registro en Industria y boletín emitido por instalador autorizado
Flotas corporativas 1 punto por vehículo o mínimo 20 % de plazas habilitadas Protecciones separadas por línea y cuadro dedicado Sistema OCPP o EMS con control remoto Potencia trifásica recomendada y prioridad para vehículos operativos
Parkings de nueva construcción 100 % de las plazas con canalización prevista Protecciones centralizadas en cuadro común Previsión para gestión energética futura (domótica o BMS) Cumplimiento de accesibilidad y señalización local
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2. Planes de Ayuda y Subvenciones Vigentes


Desarrolla los programas activos que pueden aprovechar las empresas:

Plan MOVES Flotas (IDAE): condiciones, beneficiarios y cuantías.

Plan MOVES Flotas Plus (MITECO): novedades respecto al plan anterior.

Subvenciones autonómicas y ayudas locales complementarias.

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3. Criterios de Instalación y Diseño de Puntos de Recarga


Describe la planificación de una infraestructura eficiente y escalable:

Evaluación de la potencia contratada y reparto entre vehículos.

Balanceo dinámico de carga mediante sistemas inteligentes (OCPP).

Conectividad Ethernet o WiFi y control de acceso mediante tarjetas inteligentes RFID o app del fabricante.

Grado de protección IP e IK según ubicación (interior, exterior, parking cubierto).

Diseño modular para futuras ampliaciones o integración con energía renovable.


Normativa de Instalación de cargadores para coches eléctricos en empresas, oficinas y flotas en España


4. Cumplimiento de la ITC-BT-52 y Responsabilidad Técnica


Detalla la documentación obligatoria para la legalización y cumplimiento reglamentario:

Memoria técnica, esquemas unifilares y boletín eléctrico.

Certificados de conformidad y puesta en marcha.

• Requisitos diferenciados entre edificios nuevos y existentes.

• Papel del técnico competente y coordinación con la propiedad o empresa gestora.


5. Normativa Complementaria y Coordinación con la Administración


Incluye las referencias normativas clave que completan el marco legal:

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 1053/2014).

Directiva Europea 2014/94/UE sobre infraestructuras de combustibles alternativos.

Ordenanzas autonómicas y municipales: licencias, señalización, accesibilidad y puntos obligatorios por superficie.


6. Integración con Energía Solar y Gestión Energética Corporativa


Explica la relación entre la infraestructura de recarga y la optimización energética:

Integración con instalaciones fotovoltaicas y uso de excedentes solares.

Implementación de sistemas de gestión energética (EMS/HEMS).

Carga inteligente en función de la tarifa o del estado de red.

Prioridad de vehículos según jerarquía o necesidad operativa.


7. Mantenimiento, Seguridad y Certificaciones


Detalla los aspectos de mantenimiento y control de calidad:

Mantenimiento preventivo periódico y revisiones técnicas.

Certificaciones CE, IEC y normas de seguridad eléctrica.

Protocolos de actuación en caso de averías o cortes de energía.

Registro y trazabilidad de consumos por vehículo o usuario.


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Normativa de Instalación de cargadores para coches eléctricos en empresas, oficinas y flotas en España


Hacia una Movilidad Empresarial Eficiente, Segura y Sostenible

Cumplir con la normativa vigente y planificar de forma integral la infraestructura de recarga permite a las empresas avanzar hacia una movilidad más segura, eficiente y sostenible. Una instalación bien ejecutada garantiza el cumplimiento legal, optimiza la energía disponible y contribuye activamente a la transición ecológica y digital.


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Preguntas Frecuentes sobre Normativa e Instalación de Cargadores EV para Empresas y Flotas en España (2026):


¿Qué normativa regula la instalación de puntos de recarga en empresas en España?


La principal es la ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, que define las condiciones técnicas, de seguridad y la previsión de canalizaciones en aparcamientos empresariales.


¿Se necesita un instalador autorizado para montar cargadores en oficinas o flotas?


Sí. Toda instalación debe ser ejecutada por un instalador eléctrico autorizado, quien emitirá el boletín o certificado de instalación obligatorio.

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¿Qué ayudas existen para empresas que instalan puntos de recarga?


El Plan MOVES Flotas y el MOVES Flotas Plus del IDAE y MITECO ofrecen subvenciones para la adquisición e instalación de puntos de recarga corporativos.


¿Cuántos puntos de carga se deben instalar en un parking empresarial?


La ITC-BT-52 establece que al menos el 10 % de las plazas deben disponer de preinstalación o punto de recarga habilitado, según el tipo de edificio.


¿Los cargadores deben conectarse a la red trifásica?


Depende de la potencia requerida. Para flotas o varios vehículos simultáneos, se recomienda alimentación trifásica con gestión dinámica de potencia para equilibrar el consumo energético.


¿Es obligatorio registrar la instalación en Industria?


Sí. Tras su ejecución, el instalador autorizado debe presentar la documentación técnica ante la Consejería de Industria correspondiente para su registro oficial.


¿Se pueden usar paneles solares para alimentar los cargadores de empresa?


Sí, siempre que el sistema de carga y la instalación fotovoltaica estén integrados mediante gestión energética (EMS) o sistemas de balanceo de excedentes que optimicen la producción solar.


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