Imagen relacionada con la instalación de cargadores de coche eléctrico en España


Cómo cumplir con la normativa para instalar un cargador de vehículo eléctrico en España


Instalar un cargador de vehículo eléctrico en España ya no es un obstáculo. Conocer la normativa vigente te permite actuar de forma legal, segura y eficiente, sea cual sea tu tipo de vivienda.

Con la electrificación del transporte, cada vez más propietarios buscan instalar un punto de carga en su hogar, garaje o plaza de aparcamiento. Pero surgen dudas frecuentes:


         • ¿Qué leyes regulan la instalación de cargadores EV en España?

         • ¿Necesito permiso de la comunidad o del propietario?

         • ¿Qué requisitos técnicos debo cumplir?


Esta guía de TuHogarConectado.com recopila toda la normativa oficial, enlaces a fuentes oficiales y referencias por tipo de vivienda y caso de uso. Es la guía central desde la que profundizaremos en cada caso específico: pisos y apartamentos, casas grandes, garajes comunitarios, segundas residencias, alquileres turísticos y otros entornos donde la instalación de un punto de carga requiere consideraciones específicas.


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Cargadores EV – Coches Eléctricos: Guía Completa



Marco legal general en España


Ley de Propiedad Horizontal (LPH) – Artículo 17.5


Permite a cualquier propietario de plaza de garaje instalar un punto de recarga de uso privativo sin necesidad de acuerdo previo en junta. Solo se requiere notificación por escrito al presidente o administrador de la comunidad. Los costes y consumos son responsabilidad exclusivamente del interesado.

Fuente oficial: BOE – Ley 49/1960, artículo 17.5 (actualizada con reformas RDL 6/2022 y Ley 10/2022)


Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) – ITC-BT-52


Define las condiciones técnicas mínimas de seguridad para instalaciones de recarga en cualquier tipo de vivienda, incluyendo protecciones eléctricas, tipo de conexión (monofásica o trifásica), grado de protección IP, certificación obligatoria y boletín eléctrico.

Fuente oficial: ITC-BT-52 – Ministerio de Industria


Código Técnico de la Edificación (CTE) – Documento Básico HE 6


Obliga a incluir infraestructura o preinstalación para recarga de vehículos eléctricos en edificios nuevos o reformas integrales, garantizando que futuros propietarios o arrendatarios puedan instalar puntos de carga sin obras adicionales.

Fuente oficial: CTE – Documento Básico HE 6


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Normativa complementaria


Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética

Real Decreto-ley 29/2021: obligaciones de instalación de puntos de recarga en aparcamientos

Normas UNE-EN 61851 y UNE-EN 62196: regulan modos de carga y conectores


Requisitos técnicos generales


Tipo de conexión: derivación desde contador propio o línea con contador secundario

Protecciones: interruptor diferencial tipo A/B y magnetotérmico según potencia

Grado de protección IP: mínimo IP54 para interiores y IP65/IP66 para exteriores

Instalador autorizado: obligatorio, debe emitir boletín o CIE

Certificación: Certificado de Instalación Eléctrica conforme ITC-BT-52


Tipos de vivienda y recomendaciones para instalación de cargadores EV en España

Tipo de vivienda / caso Permiso / comunicación Recomendaciones técnicas Observaciones
Pisos y garajes comunitarios No requerido, solo notificación al presidente o administrador Preinstalaciones comunes si existen Seguir Ley de Propiedad Horizontal – BOE Art.17.5
Viviendas unifamiliares Libre en propiedad, sin necesidad de permiso adicional Respetar normativa técnica: REBT ITC-BT-52 y grado IP adecuado Ideal cerca del cuadro eléctrico, accesible desde el vehículo
Segundas residencias / casas de campo Libre, igual que vivienda principal Proteger instalaciones en exterior: mínimo IP54/IP65/IP66 Considerar seguridad frente a intemperie y robos
Alquileres turísticos / residencias en alquiler Necesario acuerdo con propietario Respetar normativa REBT y seguridad eléctrica Consumidores responsables: el inquilino no debe asumir costes adicionales
Garajes antiguos sin canalización Comunicar a comunidad, posible ruta alternativa Instalación de canalización individual La comunidad puede proponer alternativas razonables para evitar obras comunes


Normativa por Comunidades Autónomas en España: Guía 2026


La aplicación práctica de la normativa para la instalación de cargadores de vehículo eléctrico en España puede variar ligeramente según la comunidad autónoma. En esta sección encontrarás las guías regionales actualizadas con los requisitos, trámites y ayudas específicas de cada zona geografíca de España.

A continuación puedes consultar las guías más recientes por comunidad autónoma o empresas y flotas:
Normativa para la instalación de cargadores de coche eléctrico en la Comunidad Valenciana 2026

Normativa para la Instalación de Cargadores EV en la Comunidad Valenciana (Guía 2026)

Consulta los requisitos legales, permisos y ayudas disponibles en la Comunidad Valenciana para instalar cargadores eléctricos en viviendas, garajes o negocios. Incluye información sobre el Plan MOVES III y la ITC-BT-52.

Normativa para la instalación de cargadores de coche eléctrico en la Comunidad de Madrid 2026

Normativa para la Instalación de Cargadores de Coche Eléctrico en la Comunidad de Madrid (Guía 2026)

Revisa los trámites legales, permisos y ayudas específicas de la Comunidad de Madrid para la instalación de cargadores eléctricos en viviendas, garajes o negocios. Incluye información sobre la Ley de Propiedad Horizontal y el Plan MOVES III.

Normativa y requisitos para la instalación de cargadores de coche eléctrico en empresas, oficinas y flotas en España

Normativa y Requisitos para la Instalación de Cargadores de Coche Eléctrico en Empresas, Oficinas y Flotas en España (2026)

Conoce los aspectos clave de la ITC-BT-52 y la normativa que regula la instalación de puntos de recarga en entornos empresariales. Incluye requisitos técnicos, registro ante Industria, ayudas del Plan MOVES Flotas y pautas para seleccionar instaladores eléctricos autorizados de forma segura y conforme a la ley.

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🔧 Además, te invitamos a visitar nuestro post dedicado a las guías de instalación de cargadores EV en casa: Wallbox, portátiles, tipo 2, solares o con conectividad WiFi/Bluetooth, con instrucciones paso a paso, soluciones a errores comunes y consejos prácticos para maximizar la durabilidad y el rendimiento de tu cargador EV.


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Subvenciones y ayudas oficiales


Programa MOVES III y MOVES IV


• Subvenciones de hasta el 80 % del coste total de instalación

• Requisitos: instalación conforme a ITC-BT-52, instalador autorizado, presentación de facturas y boletín eléctrico

Fuente oficial: IDAE – Subvenciones MOVES


Enlaces oficiales por normativa y tipo de uso:


Ley de Propiedad Horizontal – BOE

REBT – ITC-BT-52 – Ministerio de Industria

CTE – Documento Básico HE 6

Ley 7/2021 de Cambio Climático

Real Decreto-ley 29/2021

Normas UNE-EN 61851 / 62196

Subvenciones MOVES – IDAE


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Tu hogar, listo para la movilidad del futuro


Cualquier propietario en España puede instalar un cargador de coche eléctrico sin importar el tipo de vivienda o caso de uso, respetando la normativa vigente y comunicando adecuadamente a la comunidad o propietario.

Este artículo sirve como guía general, y en futuras publicaciones profundizaremos en cada caso concreto: garajes comunitarios, pisos, casas unifamiliares, segundas residencias o alquileres turísticos.

La movilidad eléctrica es una realidad. Con información oficial y planificación adecuada, la instalación de tu punto de carga en casa es rápida, segura y legal.


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Preguntas Frecuentes sobre la Regulación Española para Instalar Cargadores de Vehículos Eléctricos:


¿Qué leyes regulan la instalación de cargadores EV en España?


La instalación de cargadores de vehículos eléctricos está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal, el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT, ITC-BT-52) y el Código Técnico de la Edificación (CTE). Estas normas establecen los requisitos legales, técnicos y de seguridad según el tipo de vivienda o garaje donde se realice la instalación.


¿Necesito permiso de la comunidad para instalar un cargador EV en mi piso?


No es necesario solicitar permiso. Solo se debe notificar por escrito al presidente o administrador de la comunidad antes de realizar la instalación. Los costes de instalación y consumo eléctrico correrán a cargo del propietario que realiza la obra.


¿Qué grado de protección IP es necesario para un cargador EV exterior?


Para exteriores se recomienda un nivel de protección IP65 o IP66, que garantiza la seguridad frente a lluvia, polvo y exposición a la intemperie. Este tipo de cargadores está diseñado para resistir condiciones climáticas adversas y mantener la integridad del equipo durante años.


¿Qué certificaciones y boletines son obligatorios para la instalación?


La instalación debe ser realizada por un instalador eléctrico autorizado y acompañarse del boletín eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), conforme a la ITC-BT-52 del REBT. Esto asegura que la instalación cumple con las normativas de seguridad vigentes.


¿Existen ayudas o subvenciones para instalar cargadores EV en casa?


Sí. Los programas MOVES III y MOVES IV ofrecen subvenciones de hasta el 80 % del coste total de instalación, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y legales. Estas ayudas están gestionadas por las comunidades autónomas y buscan fomentar la movilidad eléctrica en todo el territorio español.


¿Qué recomendaciones técnicas debo seguir según el tipo de vivienda?


Pisos: aprovechar preinstalaciones comunes y realizar notificación formal a la comunidad.

Viviendas unifamiliares: instalar el punto de carga cerca del cuadro eléctrico, con derivación directa desde el contador propio.

Garajes antiguos: prever una canalización individual y adaptación al REBT.

Alquileres turísticos: contar con acuerdo con el propietario y cumplir con las exigencias del reglamento técnico.


¿Puedo instalar un cargador EV en una segunda residencia o casa de campo?


Sí, siempre que la instalación cumpla con la normativa técnica vigente y se utilicen cargadores con protección IP adecuada al entorno. Si la vivienda es de tu propiedad, no se requiere permiso adicional. En entornos rurales o casas de campo, conviene verificar la potencia disponible en la red eléctrica.


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